| II. EN EL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL |
INSCRIPCIoN DE LA EMPRESA EN LA SEGURIDAD SOCIAL
Apertura: En la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social.
Libros: En la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social.
| III. EN EL AYUNTAMIENTO |
LICENCIA DE OBRAS
NOTA: Concedida la licencia de apertura, es preceptivo solicitar, para actividades calificadas, la Licencia de Funcionamiento.
| IV. EN EL REGISTRO MERCANTIL |
| I. PERSONA FÍSICA |
EMPRESARIO INDIVIDUAL
| II. PERSONA JURÍDICA |
otorgamiento de escritura pública